Dictamen N° 68726/2013
N° 68.726 Fecha: 23-X-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de la investigación administrativa realizada con motivo del extravío de una linterna que estaba bajo la custodia de su funcionario, señor José Miguel Díaz Lizama, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 4 de enero de 2013, ese servidor, acompañado de otro empleado, concurrió hasta calle Alcalde Moya en el Cerro Esperanza, de la ciudad de Valparaíso, a verificar la presencia de unos individuos al interior de un domicilio particular, comenzando el señor Díaz Lizama la persecución de una de esas personas, durante la cual se le cayó desde su pantalón la mencionada linterna, efectuando con posterioridad su búsqueda, sin que la misma fuese encontrada. Tal situación generó un perjuicio al patrimonio fiscal que, de acuerdo con el documento electrónico N° 10576425, de 2013, del Departamento Armamento y Municiones, ascendió a la suma de $21.700, determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 205, de la misma anualidad, dar de baja esa especie. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor José Miguel Díaz Lizama, por el extravío de la referida linterna. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante