Dictamen N° 68789/2011
N° 68.789 Fecha: 02-XI-2011 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso a la resolución exenta N° 4.484, de 2011, de la Dirección Nacional de Vialidad, que dispone el sobreseimiento del sumario administrativo ordenado instruir como consecuencia de las observaciones formuladas en el oficio N°3.977, de 2008, de este órgano Fiscalizador, por no encontrarse ajustada a derecho. En efecto, cabe hacer presente que de acuerdo con lo previsto en el inciso primero del numeral 7.2.3. del artículo 7° de la resolución N° 1.600, de 2008, de este origen, los sobreseimientos, absoluciones y aplicación de medidas disciplinarias, en procesos administrativos instruidos u ordenados instruir por esta Entidad de Control, como sucede con el procedimiento de que se trata, deben emitirse por la autoridad competente a través de una resolución afecta a toma de razón, y no de un acto administrativo exento. Asimismo, se debe señalar que se ha omitido remitir el expediente que contiene el procedimiento disciplinario tramitado, el cual debe ser enviado conjuntamente con el acto administrativo que lo afina. En mérito de lo anteriormente expuesto se restituye la resolución indicada. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República