Dictamen N° 68931/2014
N° 68.931 Fecha: 05-IX-2014 Esta Entidad de Control ha dado curso a los documentos del rubro, mediante los cuales se aprueban los convenios de subsidio suscritos entre ese Comité y las universidades de Chile y de La Frontera, respectivamente, para la ejecución de los proyectos que indican, por encontrarse ajustados a derecho, pero cumple con hacer presente que la inclusión de la rendición de cuentas en los informes y en las épocas establecidas en la cláusula séptima de dichas convenciones, es sin perjuicio de la obligación de esas casas de estudios de enviar a la unidad otorgante el ‘informe mensual de su inversión’, según lo prescrito en el punto 5.2 de la resolución N° 759, de 2003, de esta Contraloría General, que Fija Normas de Procedimiento sobre Rendición de Cuentas. Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de los instrumentos del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República