Dictamen CGR

Dictamen N° 69314/2014

2014-09-08 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene de emitir un pronunciamiento por haberse dictado sentencia judicial en el asunto

N° 69.314 Fecha: 08-IX-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Claudio Constancio Núñez, en representación de Constancio García Leiva y Compañía Limitada, reclamando de la infracción cursada por un inspector de la Municipalidad de Providencia por ejercer actividades gravadas sin contar con patente municipal, lo que a su juicio es improcedente toda vez que afirma que no se verifican los supuestos para formular el cobro por dicho concepto. Requerida la Municipalidad de Providencia, esta informó que debido a que personal de inspección de dicha entidad edilicia verificó en el domicilio de la referida sociedad el desarrollo de actividades comerciales sin contar con la patente respectiva, se le citó al Segundo Juzgado de Policía Local de esa comuna. Al respecto, cumple señalar que este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos que estén sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, impedimento que según se precisó en el dictamen N° 42.454, de 2013, de este origen, entre otros, se extiende a los casos en que el fallo judicial ha resuelto el fondo del problema jurídico sometido a su conocimiento, como aconteció en la especie, puesto que sobre los hechos denunciados, el Segundo Juzgado de Policía Local de Providencia dictó sentencia el día 1 de julio de 2014. Transcríbase a la Municipalidad de Providencia. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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