Dictamen CGR

Dictamen N° 694/2013

2013-01-04 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 694 Fecha: 4-I-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de la pérdida de un computador portátil, marca Hewlett Packard Core Duo, que se encontraba en poder de su funcionario, señor Luis Mauricio Muñoz Fuentes, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que de los antecedentes acompañados, aparece que el día 28 de julio de 2010, ese servidor, al regresar a su hogar, ubicado en la comuna de Los Ángeles, luego de cumplir su jornada normal de trabajo, se percató que desconocidos ingresaron a su vivienda, los cuales sustrajeron el aludido equipo computacional, que el señor Muñoz Fuentes dejó sobre su cama antes de salir y del que, además, no había dado cuenta que mantenía en su domicilio particular. Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, según el documento electrónico N° 7.852, de 2010, de la Prefectura Biobío, ascendieron a la suma de $715.830 más IVA, resolviendo la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden sin número, dar de baja dicha especie. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, y dado que no existen en el proceso sumarial incoado al efecto, elementos probatorios que, superando toda duda razonable, lleven a la plena convicción de que el señor Luis Mauricio Muñoz Fuentes adoptó todas las medidas de cuidado y resguardo necesarias para evitar la sustracción del computador ya individualizado, se ha estimado que no es procedente exonerarlo de responsabilidad civil por la pérdida de la citada especie. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República