Dictamen N° 69421/2013
N° 69.421 Fecha: 25-X-2013 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 40, de 2013, de la Dirección de Vialidad, Región Metropolitana , que aprueba la liquidación final del contrato "Conservación Global de Caminos de la Provincia de Cordillera, Sector Comunas de Pirque, Puente Alto y San José de Maipo, V Etapa, Región Metropolitana", por cuanto, no se adjuntan las actas de recepción única mensual de operaciones de conservación rutinaria N" 11 y 12, aprobadas en el resuelvo 2° del acto en examen. Por otra, para determinar el monto pagado por concepto de reajustes, si bien se utilizaron los índices que comunica oficialmente la Dirección de Planeamiento -como señala el punto 7.9.2 de las bases administrativas aprobadas por la resolución N° 132, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas, aplicables en la especie-, no se advierten las razones y los argumentos jurídicos por los cuales en la resolución exenta N° 835, de 2012, de la aludida Dirección de Planeamiento, se dispuso que en el caso del acero el cálculo respectivo se efectuara sobre la base del valor del Índice de Precios al por Mayor asignado a dicho insumo en el mes de septiembre de 2011, y no el valor del último mes informado conforme a dicho índice, correspondiente al mes de diciembre de ese año, la que, además, se aplicó respecto de estados de pago anteriores a su emisión. Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación