Dictamen N° 6965/2017
N° 6.965 Fecha: 28-II-2017 Esta Entidad de Control ha dado curso a los decretos del rubro, mediante los cuales se aprueban las transferencias de recursos en el marco del Programa Inversión en la Comunidad a las Intendencias Regionales del Biobío y Coquimbo, respectivamente, por cuanto se encuentran ajustados a derecho. No obstante, en relación con los artículos segundo, tercero y cuarto de los mencionados instrumentos, las intendencias receptoras tienen la obligación de restituir los saldos no ejecutados, no rendidos y observados dentro de un término prudencial, de acuerdo a lo que instruya la Subsecretaría del Trabajo tras la revisión de los respectivos informes mensuales y finales de inversión, tal como lo prevé el artículo 31 de la resolución N° 30, de 2015, de este origen, que Fija Normas de Procedimiento sobre Rendición de Cuentas. Con el alcance que antecede se ha tomado razón de los decretos del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República Subrogante