Dictamen N° 69673/2009
N° 69.673 Fecha: 15-XII-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Maximiliano Ortiz Osorio, denunciando que la Municipalidad de San Bernardo habría vulnerado el principio de libre concurrencia de los oferentes en la licitación “concesión de estacionamiento en calles de la zona centro de la comuna de San Bernardo, aplicando sistema de control de tiempo de uso”, al exigir a los participantes, en las respectivas bases, experiencia previa en el rubro. Requerido informe al municipio, éste lo evacuó a través del oficio N° 1.742, de 2009, en el cual indica, en síntesis, que en la especie no se ha conculcado el mencionado principio, puesto que según lo establecen las propias bases, la experiencia sólo tiene asignada un puntaje máximo de 5% del total, el que en modo alguno excluye a quienes carecen de puntuación en dicho ítem de participar de la licitación. Sobre el particular, es menester hacer presente que la interpretación de las bases de un proceso licitatorio constituye una materia que reviste el carácter de litigiosa, por lo que en consideración a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, esta Entidad de Control no puede intervenir ni informar en relación con la situación planteada, la que, precisamente, incide en un asunto de esa naturaleza (aplica criterio contenido en el dictamen N° 36.401, de 2008). Sin perjuicio de lo anterior, se remite, para su conocimiento, fotocopia del citado oficio N° 1.742, de 2009, de la mencionada entidad edilicia. Por orden del Contralor General de la República Sonia Doren Lois Subcontralor General