Dictamen N° 69841/2012
N° 69.841 Fecha: 09-XI-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal RP-1757, conducido por su funcionario, señor Héctor Ricardo Ferrada Muñoz, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que de los antecedentes acompañados, aparece que con fecha 5 de marzo de 2012, ese servidor se desplazaba en el referido vehículo por calle Esmeralda, y próximo al llegar a la intersección con calle José Casarino, en la comuna de Los Andes, fue colisionado en su parte posterior por una camioneta particular, resolviendo el Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna, condenar al chofer de este último móvil como responsable del accidente de que se trata. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el presupuesto N° 216, de 2012, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascenderían a la suma de $1.800.000, determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 157, de 2012, dar de baja esa especie. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Héctor Ricardo Ferrada Muñoz, por los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-1757. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante