Dictamen N° 69844/2012
N° 69.844 Fecha : 09-XI-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal RP-2839, conducido por su funcionario, señor Leonardo Mansilla Levicoy, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que de los antecedentes acompañados, aparece que con fecha 22 de julio de 2011, ese servidor se desplazaba en el referido automóvil por Avenida Los Pajaritos, y próximo al llegar a la intersección con Avenida Rafael Riesco Bernales, en la comuna de Maipú, fue colisionado por un vehículo particular, cuyo chofer lo hacía no atento a las condiciones del tránsito del momento, por lo que no se percata de la presencia del móvil policial que le antecedía a menor velocidad, lo que el Departamento de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 114, de 2011, estableció como causa del accidente, efectuándose la denuncia ante el Tercer Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 46, de 2012, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $1.717.500, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Leonardo Mansilla Levicoy, por los daños ocasionados en el móvil fiscal RP-2839; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional que al interesado pudiere asistirle en el hecho ya descrito. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante