Dictamen N° 70430/2016
N° 70.430 Fecha: 27-IX-2016 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, por medio de la cual se aprueba el convenio para la realización de los programas de especialización de los profesionales que en él se indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, en lo sucesivo, los acuerdos de voluntades como el de la especie, deben suscribirse y aprobarse oportunamente, toda vez que, en este caso, el contrato fue celebrado el 1 de junio del 2016, pero el año académico de algunas especialidades comenzaba en abril y otras en mayo de esa anualidad; y la resolución aprobatoria se dictó el 4 de agosto de este mismo año (aplica criterio de dictámenes N°s. 78.977, 79.621 y 84.235, todos de 2015). Además, cumple con señalar que, según consta en el texto del contrato que se sanciona por el acto en análisis, el representante de la universidad que compareció en la suscripción del convenio fue don Guillermo Marshall Rivera, y no la persona que se indica en la transcripción tanto del encabezado de ese acuerdo de voluntades como de la cláusula octava del mismo (aplica dictamen N° 14.348, de 2015). Finalmente, cumple con manifestar que, en lo sucesivo, ese servicio deberá inutilizar el reverso de las páginas de sus actos administrativos con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, o bien imprimir tales documentos por ambos lados. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del instrumento señalado. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República