Dictamen N° 70521/2016
N° 70.521 Fecha: 28-IX-2016 La Policía de Investigaciones de Chile ha remitido el sumario administrativo instruido con motivo de los daños ocasionados en el automóvil fiscal A-5289, conducido por su funcionario, señor Marcelo Sepúlveda Paya, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 5 de enero de 2015, el aludido servidor se desplazaba en ese vehículo por calle Los Olmos, y al llegar a la intersección con calle Obispo Arturo Espinoza Campos, en la comuna de Macul, fue colisionado por un vehículo particular que no respetó la señal PARE que enfrentó, resolviendo el Juzgado de Policía Local de tal comuna, en su sentencia de fecha 11 de marzo de esa anualidad, condenar a la conductora de ese último móvil como responsable del accidente de que se trata. Los perjuicios provocados al patrimonio fiscal, según lo expresado en la resolución exenta N° 138, de 2016, de la Subdirección Operativa, ascendieron a la suma de $1.061.557, siendo el referido móvil policial reparado. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, según lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Marcelo Sepúlveda Paya, por los daños causados en el automóvil fiscal A-5289. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República