Dictamen N° 70783/2013
N° 70.783 fecha: 30-X-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Óscar García Ocampo, para reclamar en contra de la decisión del Instituto Traumatológico, entidad que habría desestimado su postulación a un cargo de la planta técnica por no poseer un título técnico, requisito que el recurrente entiende cumplir, ya que cuenta con un diploma profesional. Requerido su informe, el aludido organismo manifestó, en síntesis, que el título profesional del peticionario no le permite acceder a un empleo en dicho estamento. Sobre el particular, es dable recordar que, según el artículo 12, letra d), de la ley N° 18.834, para ingresar a la Administración del Estado será necesario contar con el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del cargo exija la ley. Al respecto, cabe destacar que el artículo 2° del decreto con fuerza de ley N° 36, de 2008, del Ministerio de Salud, exige para integrarse a plazas del mencionado escalafón, en lo atinente, la posesión de un título de técnico de nivel superior o un título técnico de nivel medio, otorgado por las instituciones que allí se indican, y cumplir con las demás condiciones que en él se detallan. Enseguida, es menester manifestar, en armonía con lo expresado, para casos similares, en los dictámenes N os 4.222 y 35.520, ambos de 2008, de este origen, que cuando el legislador ha establecido requisitos académicos específicos para ocupar determinados empleos, la autoridad encargada de efectuar el nombramiento se encuentra en la obligación de respetarlos. De esta manera, atendido que el recurrente no posee alguno de los diplomas que la normativa exige para acceder al cargo en comento, procede concluir que la actuación de esa institución se ajustó a derecho. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República