Dictamen N° 70811/2015
N° 70.811 Fecha: 04-IX-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Carlo Contreras Venegas, funcionario del Hospital de Carabineros, regido por el Código del Trabajo, reclamando el entero del bono de término de conflicto que se le adeudaría, sin especificar a qué anualidad se refiere. En su informe, el citado establecimiento asistencial manifestó que sólo se encontraría pendiente el aludido beneficio correspondiente al año 2012, cuyo pago se materializó a través de la resolución N° 2.779, de 2015, atendido lo cual, este Órgano de Control entiende que este aspecto de su petición, se encuentra solucionado. Luego, en cuanto a las horas extras que reclama, cumple con señalar, acorde con lo expresado por esa entidad, que las labores extraordinarias desarrolladas por el señor Contreras Venegas en los días que se indican -16 y 17 de agosto, y 1 y 2 de septiembre de 2014, y 13, 17, 25 y 26 de febrero de 2015-, han sido enteradas en el mes siguiente a su realización, razón por la que se desestima esta pretensión. Finalmente, en lo que atañe a que se le habrían rechazado arbitrariamente las peticiones para utilizar su feriado, se debe anotar que el recurrente, aparte de su afirmación no acompaña ningún elemento de juicio que permita deducir o inferir la veracidad de su alegación, de modo que no es posible emitir un pronunciamiento sobre este aspecto, sin perjuicio de lo cual, cabe añadir, según lo informado por el aludido hospital, que aquél registra dos días pendientes de feriado correspondiente al año 2014, sin que hubiese solicitado hacer uso de ellos. Transcríbase al Hospital de Carabineros. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante