Dictamen CGR

Dictamen N° 70854/2014

2014-09-11 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 70.854 Fecha: 11-IX-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-3107, conducido por su funcionario, señor Ricardo Leopoldo Aravena Millapi, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que de la documentación acompañada, aparece que en la revisión efectuada al referido móvil, con fecha 4 de noviembre de 2010, el encargado de vehículos de la 19 a Comisaria Providencia detectó que aquél presentaba una abolladura en el costado izquierdo de su carrocería, sin que al término del aludido procedimiento investigativo se pudiese determinar quién habría producido el daño descrito. En este sentido, se debe expresar que el citado furgón fue dado de baja, como consta en la orden N° 109, de 2012, de la Dirección Nacional de Logística. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Ricardo Leopoldo Aravena Millapi, por los daños causados en el furgón fiscal Z-3107. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República