Dictamen N° 70855/2014
N° 70.855 Fecha:11-IX-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-429, conducido por su funcionario, señor Luis Francisco Cerda Murillo, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación adjunta, aparece que el día 9 de abril de 2013, el aludido servidor, acompañado de otro empleado, mientras se desplazaba en el citado furgón por el Pasaje 20 de Enero, en la comuna de Iquique, procedieron a fiscalizar a un individuo acusado de cometer un delito, instante en el cual dicha persona le lanzó una piedra al móvil fiscal, resultando éste con el parabrisas trizado. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el oficio N° 702, de 2014, de la Dirección Nacional de Logística, ascendieron a la suma de $85.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio, como consta en el certificado N° 53, de 2013, de la Zonal de Mantenimiento de Vehículos Antofagasta. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Luis Francisco Cerda Murillo, por los daños causados en el furgón fiscal Z-429. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República