Dictamen CGR

Dictamen N° 70861/2009

2009-12-22 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Vigente
Sumario. Sobre resultado de evaluación docente

N° 70.861 Fecha: 22-XII-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Myriam Jiménez Jiménez, docente, dependiente de la Municipalidad de Chillán, solicitando se reconsidere el oficio N° 3.712, de 2009, de la Sede Regional del Bío Bío, que denegó su petición en orden a emitir un pronunciamiento respecto del resultado de su evaluación docente correspondiente al año 2008. En el citado pronunciamiento, la referida Contraloría Regional señaló que el conocimiento de las reclamaciones interpuestas en la materia, compete únicamente a las Comisiones Comunales de Evaluación Docente, y considerando que a este Organismo Contralor únicamente le corresponde fiscalizar la juridicidad de los actos de las entidades de la Administración del Estado, calidad que no tienen esas comisiones, se encuentra impedida de pronunciarse al respecto. En efecto, el inciso tercero del artículo 70 de la ley N° 19.070, sobre Estatuto de los Profesionales de la Educación, en relación con los artículos 1°, letra d) y 32 del decreto N° 192, de 2004, del Ministerio de Educación -Reglamento de Evaluación Docente-, establece que la responsabilidad de aplicar localmente el sistema de evaluación del desempeño profesional -esto es, a nivel de cada comuna-, y su coordinación, se encuentran radicadas en las Comisiones Comunales de Evaluación Docente. En este orden de ideas, acorde con lo previsto en el artículo 46 del aludido texto reglamentario, tales cuerpos colegiados deben resolver los recursos de reposición que se deduzcan en contra del resultado de ese sistema evaluatorio, con arreglo al procedimiento reglado contemplado para estos efectos. Por consiguiente, considerando que la situación de la especie ha sido estudiada por este Órgano de Control, sin que se aporten nuevos antecedentes que permitan modificar el criterio sostenido en el oficio N° 3.712, de 2009, de la Contraloría Regional del Bío Bío, necesario es proceder a su confirmación, puesto que esta Contraloría General se encuentra impedida de pronunciarse acerca de la situación reclamada. Por orden del Contralor General de la República Sonia Doren Lois Subcontralor General