Dictamen N° 71005/2009
N° 71.005 Fecha: 23-XII-2009 Esta Contraloría General no ha dado curso a la resolución 189, de 2009, de la Dirección de Aguas, que constituye a favor de la empresa Trusal S.A., un derecho de aprovechamiento no consuntivo, sobre las aguas superficiales y corrientes del río sin nombre, Provincia Última Esperanza, Región de Magallanes y Antártica Chilena, por los caudales y en las modalidades que en ella se señalan, por no ajustarse a derecho. En efecto, el derecho que otorga la resolución referida es consecuencia, en parte, del remate convocado a través de la resolución exenta N° 509, de 2008, de la Dirección General de Aguas de la región que se indica, el cual se llevó a cabo sin ajustarse a lo establecido en el artículo 142 del Código de Aguas, atendidas las razones consignadas en el oficio N° 47.686, de 2009, de esta Contraloría General. Asimismo, cabe observar que no consta en los documentos que se adjuntan que la solicitud presentada por la empresa aludida, haya sido difundida radialmente en los días 1 ó 15 del mes respectivo, como lo exigía la resolución exenta N° 856, de 2006, de la Dirección General de Aguas, vigente a esa fecha. Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación