Dictamen CGR

Dictamen N° 71155/2009

2009-12-23 · Educación pública (SLEP, estatuto docente y subvenciones) · general · Vigente
Sumario. Reitera solicitud de informes al Ministerio de Educación

N° 71.155 Fecha: 23-XII-2009 Mediante el oficio N° 50.578, de 11 de septiembre de 2009 y 53.105, de 25 de septiembre del mismo año -cuyas copias se adjuntan-, esta Contraloría General solicitó al Ministerio de Educación informes fundados respecto de las consultas formuladas por don Eduardo Toro Jara y doña Ana Varas Largo, solicitudes reiteradas por oficio N° 57.915, de 21 de octubre pasado, cuya copia, asimismo, se acompaña. Posteriormente, debido a la ausencia de respuesta ante dichos requerimientos, los antecedentes fueron remitidos a la División de Auditoría Administrativa de este Ente de Control a través del oficio N° 63.292, de 2009, con el objeto de que dicha Unidad se constituyera en la repartición aludida y adoptara las medidas pertinentes. Atendido que, hasta la fecha, el informe correspondiente a la situación de la señora Varas Largo no ha sido proporcionado, y el remitido respecto del señor Toro Jara no abarca la situación expuesta por dicho interesado, esto es, la supuesta respuesta afirmativa que esa repartición le otorgara a él y a la Universidad de Chile, con respecto al uso de los beneficios educacionales establecidos en la ley N° 19.992, para financiar programas de estudios de postgrado que dicha institución imparte, esta Contraloría General viene en reiterar y ampliar las solicitudes antedichas en los siguientes términos. En primer lugar, dado que esta Entidad de Control ha recepcionado una presentación de don Robinson Monsalves Novakovic relativa a la materia, efectuada en términos similares a las anteriores, se instruye a esa repartición a fin de que remita tanto el informe correspondiente a esta nueva presentación como a la de la señora Varas Largo, complementando, como se indicará, el informe remitido respecto del señor Toro Jara. Lo anterior, haciendo especial referencia al procedimiento por medio del cual se habría comunicado a los postulantes y alas casas de estudios involucradas, la aprobación del uso de los beneficios educacionales citados, especificando, si en la especie, los interesados o dichos planteles recibieron dicha aprobación u otra información relacionada y las fechas en que estas hayan sido otorgadas, todo ello acompañando los antecedentes y/o actos administrativos que incidan en la materia de que se trata. A su vez, se hace presente que la información requerida se encuentra vinculada con la solicitud de reconsideración del dictamen N° 62.306, de 2008, de esta Entidad Fiscalizadora, efectuada por dicha Secretaría de Estado mediante su oficio N° 789, de 2009, ingresado a este Ente Contralor bajo el número de referencia 72.832, del mismo año, por lo que su oportuna y completa remisión resultan indispensables para resolver dicha petición. Cumple advertir que el requerimiento antedicho se efectúa bajo el apercibimiento dispuesto en el artículo 9°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, para lo cual se otorga a ese Ministerio un plazo de 10 días hábiles, vencido el cual, si no se ha recibido respuesta o solicitud de ampliación, se procederá a aplicar las medidas de apremio y sanción que dicha norma contempla. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República