Dictamen N° 71178/2009
N° 71.178 Fecha: 23-XII-2009 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de la muerte del caballar Piloto, de cargo del Retén Pailahueque de la Tenencia Ercilla, de la 2 a Comisaría Collipulli, mientras se encontraba bajo la custodia del Carabinero señor Alexi Antonio Pacheco Caro, de dotación del citado Retén. Lo anterior, a objeto de que esta Contraloría General emita, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, un pronunciamiento sobre la exoneración de la responsabilidad civil del funcionario antes individualizado. Sobre el particular, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 15 de noviembre de 2008, a las 23:20 horas, aproximadamente, en cumplimiento de una orden superior, el aludido funcionario procedió a ingresar al referido caballar a su respectiva nave, con la finalidad de protegerlo del frío y evitar que pudiera ser hurtado, momento en el cual éste se encabritó, huyendo hacia la vía pública, en dirección desconocida, siendo encontrado muerto el día 17 de dicho mes y año, en el lecho de un estero, al cual habría caído desde una altura de 25 metros, al tratar de cruzar un puente. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, de acuerdo con el documento electrónico N° 5, de 9 de diciembre de 2008, del Departamento Fomento Equino, que rola a fojas 80 del expediente, ascienden a la suma de $300.000. Ahora bien, el artículo 62 de la citada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, entre otros, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los supuestos indicados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el aludido artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Carabinero señor Alexi Antonio Pacheco Caro, por la muerte del caballar fiscal Piloto. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República