Dictamen N° 71440/2009
N° 71.440 Fecha: 24-XII-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Luis Alberto Rodríguez Álvarez, ex funcionario del Servicio de Vivienda y Urbanización -Dirección de Pavimentación Urbana-, exonerado político, para solicitar el pago del bono extraordinario que otorga la ley N° 20.134. Requerido su informe, el Instituto de Previsión Social manifiesta, en lo pertinente, que no es posible conceder al peticionario el beneficio que solicita, toda vez que no cumple con la totalidad de las condiciones requeridas en el citado texto legal. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 1° de la mencionada ley, en lo que interesa, otorga un bono extraordinario a los ex trabajadores del sector privado y las empresas autónomas del Estado que hubieren sido exonerados por motivos políticos entre el 11 de septiembre de 1973 y el 29 de septiembre de 1975, en la medida que sean titulares de una pensión no contributiva, por gracia, determinada conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 12 de la ley N° 19.234. Precisado lo anterior, resulta pertinente indicar que al recurrente no le asiste el derecho a obtener el bono referido, toda vez que el beneficio no contributivo del que es titular fue calculado, atendida la calidad jurídica de su ex empleador, según lo dispuesto por el inciso segundo del precitado artículo 12 de la Ley de Exonerados Políticos. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República