Dictamen N° 71693/2010
N° 71.693 Fecha: 29-XI-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Ángela Deramond Cofré, profesional funcionaria dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Norte, para reclamar de la legalidad del certamen que convocó para proveer, entre otros, el cargo de Cirujano Dentista 44 horas semanales, en dicho Servicio de Salud, toda vez que, a su juicio, no se le asignó, respecto de la plaza de que se trata, el puntaje que le correspondería en el factor “cargos desempeñados” y un puntaje adicional por las labores desarrolladas con ocasión de Becas, Programas de Especializaciones o Capacitaciones, General de Zona o en la actual Etapa de Destinación y Formación, según indicaban las bases del concurso. Como cuestión previa, es del caso precisar que el citado Servicio de Salud manifestó en el informe evacuado en su oportunidad, que presentada la apelación ante la respectiva comisión, ésta última efectuó una nueva evaluación, otorgándole un puntaje definitivo que subió de 29,11 a 31,1. Sobre el particular, cabe señalar que por resolución exenta N° 2.504, de 2009, el Servicio de Salud en cuestión convocó a un concurso para proveer, en calidad de titular, cargos en los establecimientos de su dependencia -entre ellos, el que interesa-, para lo cual se elaboraron las bases del certamen, de conformidad a lo previsto en el artículo 2° de la ley N° 19.198, en armonía con el artículo 7° del decreto N° 811, de 1995, del Ministerio de Salud, que aprobó el reglamento de concursos para la provisión de cargos de Profesionales Funcionarios en los Servicios de Salud. Enseguida, conviene recordar que el artículo 32 del aludido decreto N° 811, de 1995, señala, en lo que atañe a la consulta, que se asignará puntaje por años cumplidos, con un máximo de 28 puntos, a los cargos o empleos desempeñados como profesionales funcionarios en cualquier servicio público, incluidas las Municipalidades, Servicios de Sanidad de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile, en las Universidades reconocidas por el Estado y para empleadores particulares que ejerzan funciones delegadas por un servicio público. Agrega dicho precepto que los períodos inferiores a un año se sumarán, desestimándose las fracciones de mes, y que para estos efectos se computarán los desempeños efectuados como profesional funcionario en calidad de titulares, interinos, suplentes, subrogantes y contratados. Asimismo, añade que se asignará 0,25 puntos por cada 11 horas semanales y por doce meses de desempeño profesional funcionario, con un máximo de 12 puntos por este concepto y que se agregará un puntaje adicional, con un máximo de 16 puntos, según la naturaleza de los cargos desempeñados para, en lo que interesa, a) Cargos de la especialidad del empleo concursado; 0,50 puntos por cada doce meses cumplidos y b) Becas, Programas de Especializaciones o Capacitaciones y General de Zona, 1 punto por cada doce meses cumplidos. En este orden de ideas, es dable anotar que de los documentos acompañados consta que la Comisión de Concurso otorgó a la interesada 29.1 puntos, de lo cual apeló ante la Comisión de Apelaciones, la que en definitiva, reconoció a la recurrente 7 puntos en el factor “Cargos Desempeñados/Años-horas contratadas”, sin asignarle puntaje adicional por sus desempeños en la Etapa de Destinación y Formación, que reclama, alcanzando 31,1 puntos. Al respecto, resulta útil advertir que de los antecedentes aportados por la señora Deramond Cofré, es posible apreciar que ésta registra, para los efectos del certamen que se analiza, 8 años, 7 meses y 23 días de desempeño en empleos de 44 horas, tanto en el Servicio de Salud Metropolitano Norte como en el Departamento de Salud de la Municipalidad de Independencia, lo que le permite sumar 8 puntos en el factor “Cargos Desempeñados/Años-horas contratadas”, y no los 7 que le otorgó la Comisión de Apelaciones. Ahora bien, en relación al puntaje adicional por los trabajos desarrollados con ocasión de Becas, Programas de Especializaciones o Capacitaciones, como General de Zona o en la actual Etapa de Destinación y Formación, es dable hacer presente que atendido que se contrató a la peticionaria en esta última Etapa desde el 1 de abril de 2001 con sus sucesivas prórrogas, siendo la última de éstas aprobada por la resolución exenta N° 1184, de 2009, del Servicio de Salud Metropolitano Norte, que la designó hasta el 3 de mayo de dicho año en ese organismo público, se infiere que a la recurrente le corresponden 8 puntos por el rubro en estudio. En consecuencia, es posible concluir que la puntuación de la solicitante en el concurso de que se trata es de 40,1, por lo que dicho organismo público deberá adoptar las medidas que sean procedentes para regularizar la situación de la interesada. Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante