Dictamen CGR

Dictamen N° 71705/2010

2010-11-30 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Vigente
Sumario. Sobre otorgamiento de montepío en el régimen de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile

N° 71.705 Fecha: 30-XI-2010 La Contraloría Regional de Antofagasta ha remitido una presentación de doña Betsabé Angélica Orquera Cayo, viuda del señor Fernando Eduardo Figueroa Figueroa, ex funcionario de Gendarmería de Chile, quien solicita la agilización de las gestiones tendientes al otorgamiento del montepío a que tendría derecho, en el régimen de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, luego del fallecimiento de su cónyuge. Requerido al efecto, el citado organismo penitenciario manifiesta, en síntesis, que previo a conceder la pensión de sobrevivencia impetrada, la Comisión Médica Central debe emitir el respectivo informe técnico, con el objeto de que su viuda pueda acceder a los beneficios que derivan de una invalidez de segunda clase. Por su parte, la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile informa, en lo que interesa, que junto con los antecedentes del causante, se remitió el reclamo de la peticionaria, por la demora en la tramitación de su jubilación, a la Comisión Médica Central, para los fines pertinentes. Sobre el particular, es del caso manifestar que, de los documentos tenidos a la vista, aparece que a través de la resolución N° 1.217, de 2010, Gendarmería de Chile, amplió su resolución N° 454, de 2009, en la que se llama a retiro absoluto al señor Fernando Eduardo Figueroa Figueroa, por fallecimiento, a contar del 14 de febrero de esta última anualidad, en el sentido de que a sus asignatarios de montepío les corresponden los beneficios de una invalidez de segunda clase, en mérito de lo establecido en el Informe Técnico N° 403, de la Comisión Médica Central, de 31 de mayo de 2010, documento que fue cursado por este Organismo de Control, el 13 de septiembre del presente año. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto y atendido el tiempo transcurrido desde la data del deceso del causante, procede que la aludida Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, a la brevedad posible, arbitre las medidas necesarias para regularizar la situación previsional de la recurrente. Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante