Dictamen N° 71728/2012
N° 71.728 Fecha: 19-XI-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de la muerte del caballar fiscal Temerario, que se encontraba bajo el cuidado de su funcionario, señor César Antonio Hernández Contreras, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que de los antecedentes acompañados, aparece que con fecha 18 de junio de 2012, mientras ese servidor realizaba un patrullaje preventivo por el Parque de Los Reyes, en la comuna de Santiago, el referido caballar, de forma imprevista, comenzó a corcovear, lo que originó que el señor Hernández Contreras cayera al suelo, escapando dicho animal por Avenida Presidente Balmaceda, y al llegar a la intersección con calle Amunátegui, fue atropellado por un vehículo particular, solicitándose la presencia de un Médico Veterinario, quien, debido a la gravedad de las lesiones que presentaba ese equino, dispuso su eutanasia. Enseguida, consta en la reseña del Departamento Fomento Equino que el avalúo del caballar fiscal era la suma de $1.200.000. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor César Antonio Hernández Contreras, por la muerte del caballar fiscal Temerario. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República