Dictamen N° 71801/2016
N° 71.801 Fecha: 03-X-2016 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 34 del rubro, que acepta propuesta para la ejecución de la obra “Mejoramiento de caminos básicos intermedio antiguo Caleu, Km. 0,00 al Km. 6,5 y las Bateas, Km. 2,0 al 13,1; comuna de Til Til, provincia de Chacabuco, Región Metropolitana”, por cuanto las especificaciones técnicas del proyecto, entregadas por ese servicio no afinan la totalidad de las partidas, si se tiene presente lo manifestado en el informe de análisis técnico de las propuestas -suscrito el 2 de agosto del año en curso, por la comisión de evaluación-, en que se impone al contratista la responsabilidad de presentar un perfil longitudinal y los perfiles transversales de la plataforma existente a fin de cubicar todas las obras previstas, debiendo, asimismo, ejecutar la reposición del eje del camino y entregar los planos con la ubicación y forma definitiva de dicho eje. Enseguida, cabe añadir que el plazo del contrato conforme al programa de trabajo de la adjudicataria y considerando lo dispuesto tanto en el artículo 139 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas -aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas-, como en el punto 2.8 del formato de bases administrativas aprobadas por la resolución N° 258, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas, es de 450 días, y no el consignado en el resuelvo 6° del acto en examen. Luego, no se advierten los motivos por los cuales en el numeral 2 del anexo complementario aprobado para la licitación de que se trata, se haya autorizado la participación de inscritos en la categoría inmediatamente inferior a aquella requerida. Por su parte, en el resuelvo 1° se aprueban anexos que no fueron remitidos. Finalmente, y atendida la representación precedente, esta Entidad de Control debe abstenerse de tomar razón de la resolución N° 35, de la suma, que acepta la propuesta para la asesoría a la inspección fiscal de la mencionada obra. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación