Dictamen CGR

Dictamen N° 71880/2012

2012-11-19 · Contratación de personal (contrata, honorarios, planta) · general · Vigente
Sumario. Cursa con alcance la resolución 104/2012, del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, que aprueba modificaciones al convenio suscrito por dicho Servicio y la Fundación Paréntesis, para la compra de meses de planes de tratamiento para adolescentes infractores de ley con consumo problemático de drogas y alcohol, por ajustarse a derecho

N° 71.880 Fecha: 19-XI-2012 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 104, de 2012, del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol , que aprueba modificaciones al convenio suscrito por el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol y la Fundación Paréntesis, para la compra de meses de planes de tratamiento para adolescentes infractores de ley con consumo problemático de drogas y alcohol, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, cumple con manifestar que la cláusula tercera del instrumento en estudio consigna que de acuerdo con la disposición sexta del convenio que se viene modificando y con su anexo, las partes habrían acordado que los planes contratados se realizarían en establecimientos de su dependencia o subcontratados por las entidades correspondientes. Al respecto, cabe precisar que en la aludida cláusula sexta no está prevista la posibilidad de subcontratar, ya que los planes de tratamiento a que alude, según su tenor, se realizarán en establecimientos de la dependencia de la aludida fundación, los que se individualizan en el anexo adjunto a dicho instrumento. Lo anterior, se encuentra en concordancia con lo previsto en el N° 7.3 de las bases que regularon el respectivo proceso licitatorio, aprobadas por la resolución N° 1.962, de 2011, del mismo servicio, para la compra de planes de tratamiento para adolescentes infractores de ley con consumo problemático de drogas y alcohol, para el año 2012. Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República