Dictamen CGR

Dictamen N° 7189/2015

2015-01-27 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Derecho para revisar la pensión de retiro de exfuncionario de Carabineros de Chile, prescribe en diez años
Aplicado por
Dictamen N° 20013/2015
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N° 7.189 Fecha: 27-I-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Rigoberto Enrique Ampuero, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando la reconsideración del dictamen N° 69.338, de 2014, de este origen, ya que, en su opinión, el derecho que tendría para requerir la revisión de su pensión de retiro no se encontraría prescrito, pues habría sido notificado, con fecha 1 de septiembre de 2011, de la resolución de la Comisión Médica Central de esa entidad policial que declaró su imposibilidad física, lo que motivó su alejamiento de dicho servicio. En su informe, el mencionado organismo manifestó, en síntesis, que al peticionario, el día 24 de mayo de 1982, se le comunicó la resolución emitida por esa comisión, siendo la data que aquél indica sólo la de entrega de una copia de tal acto administrativo. Puntualizado lo anterior, es menester reiterar que el artículo 132, inciso cuarto, del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, dispone, en lo que interesa, que el derecho para impetrar pensión, reajustes, acrecimiento o cualquier beneficio derivado de ellas, prescribe en el término de diez años, lapso que se encuentra, en la actualidad vencido, dado que su beneficio jubilatorio le fue concedido en el año 1982. De esta manera, atendido que la situación planteada ya fue analizada por esta Entidad Fiscalizadora, sin que se acompañen antecedentes que permitan modificar el citado dictamen N° 69.338, de 2014, se ratifica este pronunciamiento y se rechaza la solicitud de reconsideración. Transcríbase a Carabineros de Chile. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante

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