Dictamen N° 71897/2012
N° 71.897 Fecha: 19-XI-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-2997, conducido por su funcionario, señor Luis Rubio Segovia, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que de los antecedentes acompañados, aparece que con fecha 17 de mayo de 2012, mientras ese servidor permanecía con el referido furgón detenido en la Ruta 90, próximo al cruce con el camino público Peñuelas, en la comuna de Nancagua, una camioneta particular que, con la finalidad de evadir un control policial, luego de que sus ocupantes cometieran un robo, se desplazaba a una velocidad no razonable ni prudente, por lo que su chofer perdió el control del móvil, colisionando al vehículo fiscal, lo que la Subcomisaría I.A.T. y Carreteras Cachapoal, en su oficio N° 9, de 2012, estableció como causa del accidente, efectuándose la denuncia ante la Fiscalía Local Santa Cruz. Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, según el informe técnico N° 593, de 2012, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascenderían a la suma de $3.235.000, determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 144, de 2012, dar de baja esa especie. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Luis Rubio Segovia, por los daños ocasionados en el móvil fiscal Z-2997; ellos es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho ya descrito. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República