Dictamen CGR

Dictamen N° 7202/2015

2015-01-27 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 7.202 Fecha: 27-I-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de la investigación administrativa instruida con motivo de la pérdida de cuatro conos de tránsito, que estaban bajo la custodia de sus funcionarios, señores Patricio Enrique Gómez Ríos y José Roberto Jeria Aroca, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sean exonerados de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que en la documentación adjunta, aparece que el día 21 de agosto de 2014, el primero de los servidores individualizados le entregó la cantidad de cincuenta y cinco conos de tránsito al segundo, para que fuesen utilizados en el corte del tránsito vehicular de diversas arterias de la comuna de Santiago, debido al desarrollo de una marcha estudiantil, percatándose, al momento de retirar tales especies desde la intersección de la Avenida Libertador Bernardo O’Higgins con calle Diagonal Paraguay, en la mencionada comuna, que participantes en la aludida marcha habían sustraído cuatro conos, dándose a la fuga. Los daños causados al patrimonio fiscal, según el oficio N° 848, de 2014, del Departamento Armamento y Municiones, ascendieron a la suma total de US$136 dólares de los Estados Unidos de América (equivalente a $79.300, a la data de su pérdida), resolviendo la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 304, de 2014, dar de baja esas especies. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil a los señores Patricio Enrique Gómez Ríos y José Roberto Jeria Aroca, por el extravío de cuatro conos de tránsito. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante