Dictamen N° 7229/2015
N° 7.229 Fecha: 27-I-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo realizado con motivo del extravío de un casco antibalas que estaba bajo el cuidado de su funcionario, señor Víctor Hugo Fuenzalida Carvallo, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que en la documentación examinada, aparece que el día 17 de noviembre de 2013, mientras el aludido empleado efectuaba labores de custodia en un comando de un candidato presidencial ubicado en la Avenida Italia, en la comuna de Providencia, dejó el mencionado casco en el interior de dicho lugar, siendo sustraído por un grupo de estudiantes que ingresó violentamente a aquel recinto. Los daños causados al patrimonio fiscal, según el documento electrónico N° 20948197, de 2014, del Departamento Armamento y Municiones, ascendieron a la suma de US$150 dólares de los Estados Unidos de América (equivalente a $78.133, a la data de su pérdida), resolviendo la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 322, de 2014, dar de baja esa especie. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Víctor Hugo Fuenzalida Carvallo, por el extravío del casco antibalas ya individualizado. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante