Dictamen N° 72800/2012
N° 72.800 Fecha: 21-XI-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al vehículo fiscal RP-2840, conducido por su funcionario, señor Mauricio Chavarría Faúndez, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que de los antecedentes acompañados, aparece que el día 17 de agosto de 2011, ese servidor se desplazaba en el citado móvil por la caletera de la Avenida Américo Vespucio, y al llegar a la altura del N° 051 de esa vía, en la comuna de Maipú, detuvo la marcha al enfrentar restos de vidrios de una colisión ocurrida en ese lugar, instante en el que es chocado por un camión particular, efectuándose la denuncia ante el Segundo Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 397, de 2011, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento, ascendieron a la suma de $249.900, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Mauricio Chavarría Faúndez, por los daños ocasionados en el móvil fiscal RP-2840; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho ya descrito. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante