Dictamen CGR

Dictamen N° 72817/2010

2010-12-03 · Contratación pública, licitaciones y compras · general · Vigente
Sumario. Representa resolución 18/2010, del Instituto de Previsión Social, que autoriza y aprueba el contrato celebrado, bajo la modalidad de trato directo, con el Centro de Formación Técnica La Araucana, para la prestación de los servicios de diseño, programación y ejecución de 62 cursos de capacitación

N° 72.817 Fecha: 03-XII-2010 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 18, de 2010, del Instituto de Previsión Social, que autoriza y aprueba el contrato celebrado, bajo la modalidad de trato directo, con el Centro de Formación Técnica La Araucana, para la prestación de los servicios de diseño, programación y ejecución de 62 cursos de capacitación, por no ajustarse a derecho. Sobre el particular, es menester señalar que para justificar el trato directo del contrato referido, la resolución en estudio invoca la causal prevista en la letra g), del artículo 8°, de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en relación con la letra k), del numeral 7, del artículo 10°, de su reglamento. Las referidas normas permiten recurrir al trato directo cuando se trate de la compra de bienes y/o contratación de servicios que se encuentren destinados a la ejecución de proyectos específicos o singulares, de docencia, investigación o extensión, en que la utilización del procedimiento de licitación pública pueda poner en riesgo el objeto y la eficacia del proyecto de que se trata, todo lo cual no se cumple en la especie. En efecto, por una parte, de los antecedentes del acto administrativo en estudio, consta que el objeto de la contratación no se enmarca dentro de un proyecto específico o singular de la mencionada repartición y, por otra, que los servicios que se acuerdan por el referido convenio no configuran actividades de docencia, investigación o extensión, en los términos indicados en los citados preceptos, sino de capacitación. Finalmente, cumple con hacer presente que el 7 de julio de 2010, el Instituto de Previsión Social ingresó a este Organismo Fiscalizador la resolución N° 11, de 2010, aprobatoria de las bases de la licitación pública para la contratación del servicio de diseño, programación y ejecución de cursos de capacitación para funcionarios y funcionarias del Instituto de Previsión Social, la cual fue retirada sin tramitar con fecha 25 de agosto del mismo año, sin que a la fecha haya sido reingresada para completar su control de juridicidad. En mérito de lo anteriormente expuesto se representa el acto administrativo. Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante