Dictamen N° 72901/2016
N° 72.901 Fecha: 04-X-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña María Isabel Llaupi Aguilera, funcionaria de la Universidad Tecnológica Metropolitana, para reclamar que en un concurso de promoción efectuado en dicha entidad, con el objeto de proveer empleos vacantes en los estamentos de Técnicos y Profesionales, no se consideró ni revisó su postulación o alguna presentada por titulares de la planta de Administrativos de esa institución, como es su caso. Requerido su informe, el mencionado plantel educacional manifiesta que no es posible referirse acerca del supuesto vicio que se reclama, debido a que el certamen en cuestión aún no ha finalizado. Sobre el particular, cabe mencionar que si bien de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que efectivamente el concurso de promoción por el que se consulta se encuentra en desarrollo -por lo que no es posible verificar si en aquel se ha configurado la irregularidad que se alega-, se estima procedente recordar que de conformidad con lo prescrito en el inciso quinto, letra c), del artículo 53 de la ley N° 18.834 -aplicable en la especie según el artículo 162, de ese texto legal-, en tales certámenes podrán participar los funcionarios que se encuentren nombrados en los tres grados inferiores al de la vacante convocada, sea que se trate de postulantes de la misma planta o de una diversa. Como puede apreciarse, la citada disposición establece la posibilidad de que un servidor postule a un concurso de promoción regido por dicha normativa, desde cualquiera de los estamentos que reconoce el artículo 5° la ley N° 18.834, a saber, de Directivos, Profesionales, Técnicos, Administrativos y Auxiliares, en la medida, por cierto, que se encuentre nombrado en una plaza ubicada en los tres grados inferiores al de la vacante convocada, conclusión que se halla en armonía con lo sostenido en el dictamen N° 20.987, de 2005, de este origen. En consecuencia, es posible concluir que los funcionarios que se encuentren nombrados en el estamento de Administrativos podrán participar en el concurso de promoción en cuestión, siempre y cuando cumplan con los demás requisitos que la ley determina para ello, lo que deberá tenerse presente por esa casa de estudios en la especie. Transcríbase a la interesada. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Víctor Hugo Merino Rojas Jefe División de Personal de la Administración del Estado