Dictamen N° 73035/2013
N° 73.035 Fecha: 11-XI-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal RP-2762, conducido por su funcionario, señor Aldo Felipe Lobos Avilés, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Sobre el particular, cabe recordar que atendiendo una similar solicitud de la mencionada institución, este Organismo de Control, a través de su dictamen N° 13.565, de 2013, no exoneró de responsabilidad civil al señor Lobos Avilés, por los perjuicios ocasionados al referido vehículo, debido a que éste se desvaneció por breves instantes durante su manejo, colisionando con un árbol, lo que configuraría la hipótesis prevista en el artículo 167, N° 3, de la ley N° 18.290, según la cual, en los accidentes del tránsito constituye presunción de responsabilidad conducir en condiciones físicas deficientes, situación reconocida por el propio servidor en su declaración de fojas 43 y 44 del expediente, en la que manifestó que sufrió repentinos cambios de temperatura y, además, tuvo un mareo, lo que provocó que perdiera el control del móvil, no existiendo en el procedimiento administrativo elementos probatorios que, superando toda duda razonable, lleven a la plena convicción de que aquél adoptó las precauciones necesarias para una adecuada y responsable conducción, a objeto de evitar todo riesgo de colisión. Ahora bien, dado que Carabineros de Chile no aporta antecedentes diversos a los ya analizados, que permitan modificar el citado oficio N° 13.565, de 2013, esta Entidad Fiscalizadora ratifica ese pronunciamiento. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República