Dictamen N° 73162/2010
N° 73.162 Fecha: 06-XII-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Christian Klenner del Pino, ex funcionario del Servicio Nacional del Adulto Mayor, para reclamar contra la autoridad administrativa, por cuanto ésta, al disponer el término a su contratación mediante la resolución N° 21, de 2010, de esa repartición, señaló que no se encontraba sometido a investigación sumaria o sumario administrativo, lo cual, en su opinión, no se ajusta a la realidad, toda vez que, el 5 de agosto del año en curso, fue citado a declarar en un proceso administrativo por el hurto de un notebook, motivo por el cual solicita su reincorporación y que se deje sin efecto su desvinculación. Requerido de informe, el Servicio manifestó, en síntesis, que la investigación sumaria a que alude el peticionario en su presentación, se instruyó en una fecha posterior a su cese de funciones, con la finalidad de verificar los hechos que dieron origen a la pérdida de un equipo computacional transportable, y que ella no se dirigió respecto de funcionario determinado. Sobre el particular, corresponde señalar que, examinados los antecedentes remitidos por la entidad reclamada, se ha constatado que el ocurrente, tal como se expresó en el acto administrativo que ordenó su cese de funciones, no se encuentra sometido a procedimiento disciplinario alguno. Sin perjuicio de lo indicado, resulta menester precisar que, aún en el evento de existir tal proceso, su sustanciación en nada alteraría la vigencia de la determinación adoptada por la superioridad en este caso, puesto que el legislador no ha previsto para tal hipótesis otro efecto que el establecido en el inciso final del artículo 147 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, esto es, que una vez que aquél fuera afinado, la sanción que el mérito del mismo haya determinado sea anotada en la hoja de vida del ex empleado. De acuerdo con lo expuesto, corresponde desestimar la presentación del interesado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República