Dictamen CGR

Dictamen N° 73307/2012

2012-11-23 · Urbanismo, construcción y vivienda · general · Vigente
Sumario. Sobre solicitud de la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, en orden a la instrucción de un sumario, de acuerdo al art/15 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones

N° 73.307 Fecha: 23-XI-2012 Mediante su oficio N° 4.774, de 2012, la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo (SEREMI) expone que con ocasión de una denuncia efectuada por don Juan Pablo Donetch Odrizola en representación de Los Parques S.A., constató que el Director de Obras Municipales de Quilicura otorgó el permiso de edificación N° 116, de 2011, que autoriza la construcción de un cementerio en el área rural, con infracción a lo prescrito en los artículos 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), aprobada mediante el decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y 2.1.19. N° 4 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, contenida en el decreto N° 47, de 1992, de la misma Cartera Ministerial, al no contar con el informe previo favorable de esa SEREMI, que exigen esos preceptos. En razón de lo anterior, y conforme a lo establecido en el artículo 15 de la LGUC, solicita a esta Contraloría General instruir un proceso disciplinario en contra del referido Director de Obras Municipales y de los demás funcionarios que pudieren resultar responsables. Sobre el particular, es del caso advertir que no consta que esa SEREMI hubiere informado de la presente solicitud al Alcalde y al Concejo Municipal correspondientes, según previene el citado artículo 15. En mérito de lo expresado, y haciendo presente que, en caso de subsanarse la omisión referida en el párrafo que antecede, deberán adjuntarse a la solicitud en comento el informe del arquitecto revisor don Pablo García, a que se alude en el oficio N° 57, de 2012, de la Dirección de Obras Municipales de Quilicura, y la presentación íntegra del denunciante precedentemente individualizado, esta Entidad Fiscalizadora ha debido abstenerse, por ahora, de acceder a la petición formulada en el documento de la referencia. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe División de Infraestructura y Regulación