Dictamen N° 73321/2015
N° 73.321 Fecha: 14-IX-2015 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al documento de la suma, que sobresee la investigación sumaria instruida en virtud de lo señalado en el oficio N° 23.721, de 2014, de este origen, en relación con las eventuales responsabilidades administrativas que pudieren originarse en el traslado de personal de ese organismo a un encuentro deportivo que no estaría comprendido en el ámbito de sus atribuciones. Sobre el particular, es necesario advertir que el fiscal no realiza un análisis de la normativa en la que se contemple como una de las funciones de esa institución la de incentivar la inscripción voluntaria al servicio militar y efectuar actividades con la comunidad para cumplir con esa finalidad, preceptiva que, por lo demás, no se incorpora al expediente adjunto. Sin perjuicio de lo anterior, es dable expresar que en la investigación de que se trata no se requirió el testimonio de los funcionarios: Nelson Villagrán Pino, Ricardo Rojo Cáceres, Franco Órdenes Díaz, Ariel Álvarez Paredes, Germán Pizarro Araya, Sebastián Jofré Jofré, Gerson Peña Pereira, Robert Oviedo Cabrera, Omar Marín Bustos, Bernardo Díaz López, Jorge Sepúlveda Leiva, Juan Bona Rogers, Sergio Velásquez Águila, Víctor Vargas Maldonado, Luis Cortés Calderón, Jorge Arriagada Peña y Washington Páez Figueroa, quienes, de acuerdo con la orden del día N° 119, de 20 junio de 2013, debían participar en la referida actividad deportiva, de manera que justifiquen su asistencia y labor realizada. En mérito de lo expuesto, se representa el instrumento de la suma, y se devuelve con sus antecedentes, con el objeto de que esa superioridad ordene la reapertura del procedimiento en estudio y disponga que se realicen las diligencias destinadas a determinar la responsabilidad funcionaria que se derive de los hechos descritos en el citado oficio N° 23.721, de 2014, para lo cual deberá dictar el acto administrativo pertinente y remitir una copia a la Unidad de Seguimiento de la Fiscalía de este Órgano de Control, dentro del plazo de 15 días hábiles contado desde la recepción del presente oficio. Transcríbase a la Unidad de Seguimiento de la Fiscalía de esta Contraloría General. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante