Dictamen N° 73474/2011
N° 73.474 Fecha: 24-XI-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor XX, ex funcionario de Carabineros de Chile, para solicitar, por las razones que expone, se deje sin efecto su baja por conducta mala de esa institución policial. Requerido su informe, el mencionado organismo ha señalado, en síntesis, que el procedimiento en virtud del cual se aplicó al recurrente la aludida medida, se ajustó a las normas que regulan la materia. Sobre el particular, cabe recordar que mediante el dictamen N° 44.025, de 2003, este Organismo Fiscalizador concluyó que la desvinculación del señor XX de la referida entidad policial, se ajustó a derecho. Precisado lo anterior, y en cuanto al hecho de no haber sido condenado judicialmente por los acontecimientos que motivaron su alejamiento, corresponde anotar que el artículo 13 del decreto N° 900, de 1967, del antiguo Ministerio del Interior, Reglamento de Disciplina, previene que la responsabilidad administrativa es independiente de la civil y penal, de modo que la condena, el sobreseimiento o la absolución judicial, no excluyen la posibilidad de imponer al servidor la baja por conducta mala en razón de iguales sucesos, tal como se informó en los dictámenes N os 13.719, de 2002 y 5.693, de 2003, de este origen, entre otros. De esta manera, efectuado el estudio de la alegación planteada por el interesado, se debe indicar que ésta no aporta elementos de juicio diversos a los analizados en su oportunidad, que permitan a esta Contraloría General modificar el criterio contenido en el mencionado dictamen N° 44.025, de 2003, por lo que se confirma ese pronunciamiento. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República