Dictamen N° 73884/2015
N° 73.884 Fecha: 15-IX-2015 Esta Entidad de Control se ha abstenido de ejercer el control previo de juridicidad de la resolución del rubro, que autoriza la regularización por el arriendo de cabinas de baños químicos a través de trato directo y aprueba contrato que indica, ya que en atención a la materia de que trata, se encuentra exenta del trámite de toma de razón, acorde con lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de este Órgano de Control. Por consiguiente, se remite adjunto el mencionado documento, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el Título VI de la precitada resolución. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante