Dictamen N° 74020/2010
N° 74.020 Fecha: 10-XII-2010 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al decreto N° 259, de 2010, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que otorga la concesión marítima que indica, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, de conformidad a lo prescrito en el artículo 16, del decreto N° 2, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, Reglamento sobre Concesiones Marítimas, la exención de la obligación de constituir la garantía en favor del Fisco por las mejoras fiscales -que se establece en el N° 14 del acto de la suma-, debe disponerse por razones fundadas, las que no se expresan en el acto en estudio. A su turno, cabe manifestar que se ha omitido acompañar los planos en formato digital que se exigen en la letra b) de los artículos 26 y 27, del decreto N° 2, de 2005, antes citado, y que atendido que la tarifa anual asciende a 9,49 U.T.M. -según se determina en el N° 10 del documento en análisis-, su pago semestral corresponde a 4,745 U.T.M. y no como se menciona en dicho acápite. En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa el acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República