Dictamen CGR

Dictamen N° 74024/2013

2013-11-14 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Aumento de remuneraciones del personal no docente de establecimientos educacionales que conceden los artículos 1° y 7° de la ley N° 19.464, se determina en el mes de enero y se hace efectivo a contar de marzo del año respectivo

N° 74.024 Fecha: 14-XI-2013 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General el señor Manuel Valenzuela Albornoz, presidente de la Asociación de Funcionarios Asistentes de la Educación de la Municipalidad de Paine, solicitando se reconsidere el criterio contenido en el dictamen N° 46.189, de 2011, y en el oficio N° 38.900, de 2013 -por el que se remitió el ordinario N° 349, de igual año, de dicho municipio-, ambos de este origen, atendido que, en su opinión, no se habría ajustado a derecho que se haya efectuado la disminución en las remuneraciones del personal no docente que concede la ley N° 19.464, a partir del mes de marzo de 2013. Sobre el particular, es dable manifestar que de conformidad con el artículo 7° de la citada ley N° 19.464, el aumento de las remuneraciones del personal asistente de la educación es proporcional a la jornada de trabajo y la suma mensual se determina en el mes de enero del año respectivo, el que es permanente por el período correspondiente. En este contexto, acorde a lo expresado en el aludido dictamen N° 46.189, de 2011, en la situación planteada, se realizó el cálculo del bono en comento durante enero de 2013, el que arrojó una disminución de su monto debido al alza en la cantidad de horas contratadas de los trabajadores de la especie, la que se hizo efectiva a contar de marzo de este último año. Pues bien, y dado que el reclamante no aporta nuevos antecedentes que hagan variar lo resuelto, no cabe sino desestimar su presentación, ratificándose ambos pronunciamientos en todas sus partes. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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