Dictamen CGR

Dictamen N° 74050/2013

2013-11-14 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 74.050 Fecha: 14-XI-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados al vehículo fiscal Z-6188, conducido por su funcionario señor Salvador Castro Riffo, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que en la documentación acompañada, aparece que con fecha 25 de marzo de 2013, ese servidor, mientras permanecía detenido en el referido móvil en el km. 12, de la ruta 90, en la comuna de Placilla, cooperando en un procedimiento policial, fue colisionado por un camión cuyo chofer no respetó la señalización existente en el lugar, ya que no se encontraba atento a las condiciones del tránsito del momento y se desplazaba a una velocidad no razonable ni prudente, lo que la Subcomisaría I.A.T y Carreteras Cachapoal, en su oficio N° 8, de 2013, estableció como causa del accidente. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 5, de 2013, de la Prefectura Colchagua, ascendieron a la suma de $8.470.420, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Salvador Castro Riffo, por los daños ocasionados en el automóvil fiscal Z-6188, ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que al interesado pudiere asistirle en el hecho descrito. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República