Dictamen CGR

Dictamen N° 7425/2012

2012-02-06 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil de funcionario de Carabineros de Chile en virtud de lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336

N° 7.425 Fecha: 06-II-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo instruido con motivo del extravío de las esposas de seguridad, marca Smith & Wesson, modelo 100, N° de serie 057863, de cargo de la 3ª Comisaría Arica, que estaba bajo la custodia del funcionario de esa institución policial, señor Juan Messenet Osorio, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes acompañados, aparece que el día 27 de abril de 2011, el aludido servidor, junto con otro empleado, trasladaban en un vehículo policial a dos imputados al Juzgado de Garantía de Arica, y al llegar a ese tribunal se percataron que uno de ellos no llevaba consigo el referido elemento de seguridad, efectuando con posterioridad su búsqueda, sin que dicha especie fuese encontrada. Tal situación ocasionó un perjuicio al patrimonio fiscal que, de acuerdo con el oficio N° 744, de 2010, del Departamento Armamento y Municiones, incorporado a fojas 52 del expediente, ascendió a la suma de US$30 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (equivalente a $13.959, a la data de su extravío), determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 196, de 2011, que rola a fojas 102 de autos, dar de baja dicha especie. Ahora bien, es menester señalar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de aquél no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito, haciendo uso de la atribución que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Sargento 2° de Carabineros, señor Juan Messenet Osorio, por el extravío de las mencionadas esposas de seguridad. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República