Dictamen N° 74264/2012
N° 74.264 Fecha: 28-XI-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Norma Toro González, funcionaria administrativa, grado 21 de la E.U.S., con desempeño en el Hospital San Borja Arriarán, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Central, para reclamar que no ha sido ascendida desde el año 2008. Requerido su informe, la autoridad administrativa lo ha remitido señalando, en síntesis, que las promociones se han materializado en estricto orden según el escalafón vigente, considerando los cargos que para cada grado establece el decreto con fuerza de ley N° 33, de 2008, del Ministerio de Salud, que fijó la planta de personal de ese organismo. Sobre el particular, cabe indicar que el artículo 102 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, establece que la promoción de los funcionarios titulares de las plantas de técnicos, administrativos y auxiliares de los organismos que ese texto señala -entre los que se encuentra el mencionado Servicio de Salud-, se efectuará mediante un procedimiento de acreditación de competencias, en el cual se evaluará la capacitación, la experiencia calificada y la calificación obtenida por el personal en el período objeto de la acreditación. Luego, es menester destacar que el citado precepto agrega que con el resultado de los procesos de acreditación de competencias, los servicios confeccionarán un escalafón de mérito para el ascenso, disponiendo a los funcionarios de cada grado de la respectiva planta en orden decreciente conforme al puntaje obtenido en dicho procedimiento, el que tendrá una vigencia anual a contar del 1 de enero de cada año, de modo que producida una vacante, es promovido el funcionario que se encuentre en el primer lugar del referido escalafón y, en caso de producirse un empate, se aplican los criterios de desempate previstos en el artículo 51 de la ley N° 18.834. Señalado lo anterior, es dable anotar que de acuerdo con los registros de este Órgano Contralor, mediante resolución N° 2.676, de 2012, del Servicio de Salud Metropolitano Central, se materializaron los ascensos en la planta administrativa, en los cargos vacantes a contar de las fechas que en cada caso se menciona, de acuerdo con el escalafón de mérito vigente al año 2009, acto administrativo tomado razón el 21 de junio del año 2012, por encontrarse ajustado a derecho. De acuerdo a lo informado por el servicio y los antecedentes aportados, consta que los movimientos producidos en el grado 21 de la planta de administrativos, alcanzaron a los primeros 22 funcionarios del escalafón correspondiente, los que fueron ascendidos al grado 20, sin que la señora Toro González pudiera ser promovida, ya que se encontraba situada en el lugar 27 del respectivo ordenamiento. En estas condiciones, cabe desestimar la reclamación de la interesada, ya que por el lugar que ocupaba en el escalafón no le correspondía ser ascendida. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República