Dictamen CGR

Dictamen N° 74291/2013

2013-11-15 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 74.291 Fecha : 15-XI-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-5310, conducido por su funcionario, señor Eduardo Alexis Jiménez Martínez, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación adjunta, aparece que el día 15 de junio de 2012, ese empleado, acompañado de otros servidores, se desplazaba en el citado furgón por calle Los Ángeles, en persecución de un automóvil particular, cuyos ocupantes, momentos antes, habían cometido un robo, y al llegar a la intersección con calle Uno Norte, en la comuna de La Granja, el conductor de este último vehículo colisionó al móvil policial, efectuándose la denuncia ante la correspondiente Fiscalía. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 79, de 2013, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $564.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Eduardo Alexis Jiménez Martínez, por los daños causados en el furgón fiscal Z-5310; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que al interesado pudiere asistirle en el hecho descrito. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República