Dictamen N° 7488/2011
N° 7.488 Fecha: 7-II-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Guillermo Enrique Concha Grossi, profesional funcionario con desempeño en el Hospital Roberto del Río, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Norte, para solicitar un pronunciamiento que determine la compatibilidad horaria del cargo de 28 horas semanales que sirve, con otro de 33 horas, en el Hospital Padre Hurtado, regido por el D.F.L. N° 29 del 2000, del Ministerio de Salud. Sobre el particular, cabe tener presente que la jurisprudencia de esta Entidad de Control, contenida, entre otros, en los dictámenes N os 7.485, de 2006 y 51.304, de 2008, han manifestado que un funcionario que se desempeña en un Servicio de Salud en un cargo de 28 horas semanales, puede acceder, en otro organismo de naturaleza diversa, a cualquier otro empleo con una jornada que, sumada a la anterior, no exceda el máximo que esos servidores pueden contratar, esto es, 44 horas a la semana, considerando para estos efectos que por aplicación de lo dispuesto en el artículo 12 de la ley N° 15.076, los cargos de 28 horas sólo incompatibilizan 11 horas, lo que equivale a entender que deben contabilizarse como una plaza con una jornada de esa cantidad de horas para efectos de evaluar la compatibilidad con otros empleos. Precisado lo anterior, corresponde señalar que el referido Hospital Padre Alberto Hurtado, fue creado por el citado D.F.L. N° 29, de 2000, del Ministerio de Salud, como un servicio público funcionalmente descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, distinto a los Servicios de Salud, cuyo artículo 13 dispone, en lo que interesa, que para efectos de la jornada de trabajo, los trabajadores de dicho establecimiento, se regirán por las normas contenidas en los artículos 59 a 66 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo. A su turno, el artículo 65 del citado cuerpo estatutario prevé, que la jornada ordinaria de trabajo será de 44 horas semanales. Ahora bien, considerando que de los antecedentes tenidos a la vista, en especial de la resolución N° 144, de 2010, del Servicio de Salud Metropolitano Norte, aparece que el interesado desempeña en el Hospital Roberto del Río, desde el 1 de julio de 2010, en calidad de titular, un cargo de 28 horas semanales, y que éste, acorde a lo expuesto, sólo incompatibiliza 11 horas, resulta forzoso concluir que no existe impedimento para que el interesado pueda servir simultáneamente el cargo de 33 horas en el Hospital Padre Alberto Hurtado por el que consulta, atendido que ambos desempeños no exceden el máximo legal de 44 horas semanales. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República