Dictamen N° 74996/2016
N° 74.996 Fecha: 12-X-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al documento del epígrafe, mediante el cual se delegan las facultades que se indican, en el Subdirector de Administración y Finanzas del servicio singularizado en la suma, o en su subrogante, por cuanto la letra b) del primer resolutivo, no se ajusta a derecho. Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 41, letra a), de la ley N° 18.575, establece, en lo que interesa, que la delegación deberá recaer en materias específicas, lo que implica que deben indicarse expresamente los asuntos que son objeto de ella, tal como se ha precisado en el dictamen N° 20.772, de 2008, de este origen. Pues bien, en la delegación de la especie se emplea una fórmula genérica en el aludido literal, al referirse a la totalidad de los actos administrativos que importen la tramitación de los asuntos que indica y a todos los requeridos para el perfeccionamiento de los actos y contratos materia de la presente delegación, de manera que no cumple cabalmente con las condiciones de especificidad y determinación exigidas tanto por esa preceptiva como por la citada jurisprudencia. En mérito de lo expuesto, se representa la resolución en estudio. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Víctor Hugo Merino Rojas Jefe División de Personal de la Administración del Estado