Dictamen N° 75078/2015
N° 75.078 Fecha:21-IX-2015 Se ha dirigido a esta Entidad de Control el señor José Alliende González, en representación de Inmobiliaria Copihue S.A. e Inversiones Romeral S.A., para solicitar un pronunciamiento sobre la procedencia de cobro de patente municipal a dichas sociedades por parte de la Municipalidad de Lo Barnechea, por el período que indica. Al respecto, cumple señalar que este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de su Ley Orgánica N° 10.336, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, lo que ocurre en la situación planteada en la especie, puesto que sobre la materia se interpusieron acciones ante el 15° y el 27° juzgados civiles de Santiago, en causas Roles N°s. 20.819 y 20.817, ambas de 2015, respectivamente, las que se encuentran actualmente en tramitación. Transcríbase a las municipalidades de Lo Barnechea y de Santo Domingo. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante