Dictamen N° 75103/2012
N° 75.103 Fecha: 03-XII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Municipalidad de Santiago, informando que, en cumplimiento del oficio N° 29.372, de 2012, de esta Entidad de Fiscalización, dio respuesta directa a la consulta formulada por la señora Rosa Díaz Hisi, ex educadora de párvulos de dicha entidad edilicia, regida por la ley N° 19.070 -Estatuto de los Profesionales de la Educación- en la que solicitaba se le indicara, si le asistía el derecho a fuero maternal, considerando que a la época del término de su contratación -la que se efectuó por un período determinado-, se encontraba embarazada. A este respecto, el municipio informa que la interesada no tiene derecho a fuero maternal, toda vez que su nombramiento se dispuso en calidad de contrato de reemplazo, para suplir las funciones que desempeñaba la docente titular y por el tiempo que se extendió su ausencia, aplicando al efecto, el dictamen N° 19.511, de 2009, de este Órgano de Control, que manifiesta que las docentes reemplazantes tienen derecho a fuero maternal sólo por el período que dure la ausencia del docente titular. Sobre la materia, cabe señalar que de los antecedentes tenidos a la vista y de lo informado por el municipio, se verifica que por el decreto N° 1.819, de 2012, la Municipalidad de Santiago designó a la señora Díaz Hisi para cumplir en calidad de reemplazo, funciones de docencia prebásica, a contar del 12 de abril hasta el 10 de mayo, ambos de 2012, por 30 horas cronológicas semanales, en reemplazo de la señora María Valenzuela Muñoz, titular de dicha plaza, quien gozaba de una licencia médica. Por tanto, considerando que en la situación planteada la requirente fue contratada por un período determinado, se concluye que tuvo derecho a fuero maternal solo por la época que duró la ausencia de la docente titular. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República