Dictamen N° 75215/2010
N° 75.215 Fecha: 15-XII-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Miguel Pérez Torres, reclamando de los cobros efectuados por la Compañía Eléctrica del Litoral S.A., durante los meses de enero y febrero de 2009 respecto de la vivienda que indica, así como de la arbitrariedad de dichas tarifas, fijadas por el decreto N° 385, de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Sobre el particular, cabe anotar que, de acuerdo al artículo 3° N° 17 de la ley N° 18.410, que crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, le corresponde a dicho organismo resolver, oyendo a los afectados, los reclamos que se formulen por, entre o en contra de particulares, consumidores y propietarios de instalaciones eléctricas, de gas y de combustibles líquidos, en general, y que se refieran a cualquier cuestión derivada de los cuerpos legales o reglamentarios cuyo cumplimiento le corresponde fiscalizar. Asimismo, que de los antecedentes tenidos a la vista se puede advertir que la situación reclamada fue atendida por ese Servicio a través de los oficios N os 1.069 y 1.366, de 2009, de su Dirección Regional Valparaíso, que concluyeron, en síntesis, que analizadas las circunstancias del caso, tanto la clasificación de la tarifa del cliente como la facturación respectiva se encuentran correctamente aplicadas. Finalmente, respecto de las fórmulas tarifarias aplicables en virtud del aludido decreto N° 385, de 2008, cabe hacer presente que dicho acto administrativo fue sometido a control de legalidad ante esta Entidad Fiscalizadora y tomado razón en su oportunidad, por encontrarse ajustado a derecho. Es todo cuanto cabe informar al tenor de la presentación. Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Abogado Jefe División de Infraestructura y Regulación